miércoles, 3 de marzo de 2010

TAREA 1

ACUERDO PARA EL EMPLEO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2010, 2011 Y 2012
La negociación colectiva es el espacio natural del ejercicio de la autonomía colectiva de las Organizaciones empresariales y Sindicales y el ámbito apropiado para facilitar la capacidad de adaptación de las empresas, fijar condiciones de trabajo y modelos que permitan mejorar la productividad , crear más riqueza aumentar el empleo, mejorar su calidad y contribuir a la cohesión social.
El establecimiento de criterios y orientaciones compartidos posibilita afrontar los procesos de negociación colectiva.
A continuación describiremos los objetivos y orientaciones que el acuerdo impone a la negociación colectiva en las distintas materias abordadas en el Acuerdo:
Empleo, formación. Flexibilidad y seguridad. Derechos de información y consulta.
El objetivo prioritario es el mantenimiento y recuperación de empleo. Es preciso corregir la utilización de contratos temporales; atribuir instrumentos que permitan un adecuado equilibrio entre flexibilidad para los empresarios y seguridad para los trabajadores.
Los convenios colectivos tienen que tener como objetivos fundamentales:
-El mantenimiento y recuperación del empleo.
-Fomento de la estabilidad del empleo, reducción de la temporalidad.
-Establecimiento de marcos que permitan a los empresarios mantener y mejorar su posición en el mercado.
-Cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.
-Desarrollo d competencias y la cualificación personal.
-La incidencia de las tecnologías y la comunicación en el desarrollo productivo y relaciones laborales.
En materia de empleo y contratación:
Para conseguir los objetivos antes mencionados se deberá:
-Promocionar la contratación indefinida, los contratos temporales sean fijos, mantenimiento del empelo e igualdad de oportunidades.
-Fomentar la contratación de los jóvenes, impulsando los contratos formativos
-Potenciar los contratos fijos discontinuos en las actividades estacionales.
-Considerar la jubilación parcial y el contrato de relevo.
-Establecer mecanismos al seguimiento y control de la evolución del empleo.
En relación con las condiciones para la subcontratación y la externalización productiva y subrogación de actividades, empleo y condiciones de trabajo.
Será necesario que la negociación colectiva:
-Facilite la información por parte de la empresa principal y contratista a sus trabajadores y a la representación legal de los mismos sobre los procesos de subcontratación.
-Facilite información por parte de la empresa usuaria a los representantes de los trabajadores sobre los contratos de puesta de disposición con los ETT.
-Informe a los trabajadores sobre los medios de coordinación fijados para proteger y prevenir los riesgos laborales.
En formación y clasificación personal.
La negociación colectiva contribuirá a alcanzar los objetivos de formación mediante criterios y prioridades; las iniciativas a desarrollar son:
-Desarrollo de la formación teórica en los contratos de formación.
-Aplicación de bonificaciones.
-Asistencia a la formación y la orientación a los trabajadores y desarrollo de itinerarios de formación así como referencias formativas y la mejora de las acciones formativas.
Flexibilidad interna y restructuraciones.
-Potenciar un empleo más productivo, diálogo con la representación de los trabajadores, gestión del tiempo de trabajo.
-En los procesos de reestructuración se debe abordar estas situaciones mediante procesos transparentes con la representación legal de los trabajadores, las causas que lo motivan, etc. Se tendrá en cuenta: la gestión, la explicación y justificación de los cambios, la dimensión territorial, la situación de las pequeñas y medianas empresas.
-La negociación colectiva antes de afectar de manera irreversible a los contratos de trabajo deberá potenciar el uso de las medidas legales previstas para los ERES de suspensión y reducción temporal de la jornada, a fin de abordar las situaciones coyunturales y con ello el mantenimiento del empleo.
-Derechos de información, consulta y participación: negociación colectiva e interlocución.
-La negociación colectiva debe establecer un conjunto de materias que deben ser objeto de información y en su caso de consulta a los representantes de los trabajadores .Tales materias son las relativas a la situación económica del sector o ámbito negocial correspondiente .Se debe reforzar el diálogo social sectorial. Habrá que tener en cuenta las modificaciones que se han introducido en Estatuto de trabajadores, en materia de información y consulta a los trabajadores.
Criterios en materia salarial:
-Criterios para la determinación de incrementos salariales: Respetando la autonomía de las partes, los negociadores deberían tener en cuenta para la determinación de los incrementos salariales las siguientes referencias: para el 2010 el 1%; para 2011 entre 1% y 2% y para 2012 entre el 1,5% y 2,5%.
Cláusula de revisión salarial: los convenios colectivos incorporarán una cláusula de revisión salarial: Tomarán como referencia el incremento salarial pactado en el convenio colectivo y la inflación en todo el período.
-Cláusula de inaplicación: Forma parte del contenido mínimo de los convenios colectivos de ámbito superior al de la empresa. Posibilita la inaplicación de los incrementos salariales del convenio correspondiente a aquellas empresas cuya estabilidad económica pudiera verse dañada. Será necesario seguir el procedimiento del convenio y ponerlo en conocimiento de la Comisión Paritaria o Mixta del Convenio colectivo y alegar justificación.

Por este acuerdo se constituye una Comisión Seguimiento tendrá encomendada la función de acordar criterios y orientaciones para acometer la negociación colectiva durante la vigencia del presente Acuerdo en materias, entre otras: Igualdad de trato y oportunidades; seguridad y salud en el trabajo; responsabilidad social de las empresas; previsión social complementaria; formación y cualificación profesional. También tendrá encomendada la interpretación, aplicación y seguimiento de lo pactado en este Acuerdo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario