viernes, 30 de abril de 2010

Tarea del 26 al 30 de abril- PREGUNTAS

1.- En relación con la formalización del contrato de trabajo:

a-Se establece el principio de libertad de forma en el 8.1 ET que permite la celebración libre del contrato, sin exigirse ninguna forma concreta.

b-Se debe realizar por escrito en los supuestos del artículo 8.2 ET.

c-El convenio colectivo no puede prever como requisito la forma escrita del contrato de trabajo, pues sería contrario al principio de libertad de forma del 8.1 ET.

d-La negociación colectiva puede establecer que un determinado tipo de contrato no sea por escrito, como excepción, aunque la ley lo exija.



2.- El contrato indefinido:

a-Puede transformarse en temporal si hay acuerdo expreso o tácito entre las partes.

b-Puede derivar de un contrato temporal, que se transforma en indefinido sólo por voluntad expresa de las partes.

c-Es la regla general en el ámbito de la relación de trabajo ordinaria, ya que los contratos de duración determinada sólo son válidos si responden a circunstancias especiales legalmente previstas.

d-Las respuestas b y c son correctas.



3.- En relación con la modificación del lugar de trabajo señalado originariamente en el contrato, señala la opción correcta:

a-Los cambios de lugar de trabajo que no exijan cambio de residencia deben indemnizarse siempre, porque suponen una modificación de la adscripción inicial del trabajador.

b-El traslado es un cambio de centro de trabajo que implica un cambio de residencia de manera transitoria o de corta duración.

c-Los desplazamientos sólo conllevan compensación cuando se hacen por un período superior a 2 años.

d- Los desplazamientos suponen un cambio del centro de trabajo que requiere cambio de residencia por un plazo no superior a un año, y requieren el pago de una compensación que se suma al salario.



4.- ¿En cuál de los siguientes casos será procedente el despido objetivo?

a-falta repetida e injustificada de asistencia al trabajo.

b-Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

c-Faltas de asistencia al trabajo justificadas pero intermitentes.

d-Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, sin que sea necesaria en estos casos la comunicación escrita.



5.- ¿Qué se considera “horas extraordinarias”?

a-Aquellas horas donde exista una prestación efectiva y que se realice sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo aplicable, en tanto que se superen las horas que para cada día se hubieran fijado en el calendario laboral.

b-Las horas de disponibilidad que no afecten a la libertad de movimiento y de actividad del trabajador y no haya reincorporación al servicio.

c-Aquellas durante las que el trabajador queda obligado a estar localizable, aunque no haya presencia física en el lugar de trabajo.

d-Cualquier expectativa de trabajo en las que no existe una dedicación permanente, sino un tiempo de estar a disposición del empresario.